Ordenanza N°47

ORDENANZA N°47

Que dice relación con “Agréguese, al Art. 47 inciso final de la Ordenanza Local de Derechos N° 42 de fecha 25 de noviembre 2025, el siguiente texto “Se cobrará un 95% del valor de la adquisición de un vale equivalente a una carga de gas licuado de 15 kg, según lo definido en Programa Gas Municipal, por la vigencia del mismo y en base a los procedimientos que se establezcan en el reglamento correspondiente”, quedando intacto todo lo demás regulado en la Ordenanza N° 42 de fecha 25 de noviembre de 2025″.